Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano ALEXANDER MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 67.762, contra la TEQUEÑOS DON SABROSO DISTRIBUIDORA SAN-LOP, y se ordena a la empresa accionada, restituir la situación jurídica infringida mediante el cabal e inmediato acatamiento de la Providencia Administrativa No. 0218-12 del 18 de Abril del 2012 dictada en el expediente administrativo 069-2012-01-00309 llevado por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Valencia, Parroquias Socorro, Negro Primero, Santa Rosa, Candelaria, Miguel Peña y Los municipios Libertador, Carlos Arvelo, Bejuma, Montalbán y Miranda del Estado Carabo.....