Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con lugar, la demanda que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales fue interpuesta por el ciudadano ARMANDO RAFAEL SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.581.613, y de este domicilio en contra de las empresas CONSTRUCCIONES LOLOIN C. A. y CONSTRUCTORA LOCURCIO C. A., inscrita la primera por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 21/09/1.994, bajo el número 3, tomo 22-A y la segunda inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 12/02/1.997, bajo el Nº 13, Tomo 13-A Y en consecuencia: