Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley:
Primero: LA PERENCIÓN de la Instancia y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la PRETENSION DE NULIDAD interpuesta por el ciudadano JOSE ALEJANDRO ORTEGA BARRAGAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.726.226 contra Providencia Administrativa, de fecha 02 de diciembre de 2014, Nº 3831/2014, emitida por la Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" de los Municipios Autónomos de San Diego y Las Parroquias San Blas, San José, Catedral y Rafael Urdaneta del Estado Carabobo, mediante la cual se declara: SIN LUGAR la solicitud de Reenganche y Restitución de Derecho.....