Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la demanda que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales fue interpuesta por el ciudadano VICTOR SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.384.386 y de este domicilio en contra de la empresa PINTURAS KLIPER, C. A., inscrita la primeras, por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23 de marzo de 1971, bajo el Nº 3.250, cuyos Estatutos Sociales fueron reformados asientos que fueron inscritos en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 29 de agosto de 1991, bajo el Nº 45, Nº 15-A.
No se condena en costas y costos po.....