Por todas las razones anteriormente expuestas, este, JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por prestaciones Sociales, incoara el ciudadano CESAR GUSTAVO BONITO PEREZ, titular de la cedula de identidad N° 2.838.831 contra las empresas DROGUERIA SAN CARLOS (DROSANCA, C.A.), DROGUERIA MERCASALU, C. A. y CARIBBEAN TIRES. En consecuencia: