JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN OPUESTA, SIN LUGAR LA COSA JUZGADA ALEGADA Y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana MARY DEL CARMEN GONZÁLEZ GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad No 12.069.347, quien actúa en su propio nombre y en representación de sus menores hijos ILIANA CAROLINA, MAYERLIN MAGALI y JORGE FELIX, de apellidos SILVA GONZALEZ de este domicilio, contra las empresas INVERSIONES J.D.S, C. A., MOREI, C. A., HIDROLOGICA DEL CENTRO, C. A. (HIDROCENTRO) y PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES COLMER, C. A., En consecuencia:
1. Se condena a las empresas INVERSIONES J.D.S, C. A., MOREI, C. A., HIDROLOGICA DEL CENTRO, C. A. (HIDROCENTRO) y PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES COLMER, C. A. , a pagar la cantidad de CUARENTA Y NUEVE MILLONES SESENTA.....