En consecuencia. Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de conformidad al artículo 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN que fuere presentada en los términos expuestos por las partes dándole efectos de cosa juzgada.