Con fundamento a los razonamientos antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en sede Contencioso Administrativa, Administrando Justicia y actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por la empresa INVERSIONES 1403, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 06/04/2010, bajo el No. 32, Tomo 54-A y con modificaciones de fecha 14/04/2010, bajo el Nº 61-A., en contra de la Providencia Administrativa No. 00041-12, de fecha 01 de febrero de 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo Batalla de Vigirima de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra del Estado Carabobo.