DISPOSITIVO DEL FALLO
Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley actuando en sede Constitucional declara INADMISIBLE el RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por el ciudadano YONNY ROMULO ARTILES GONZALEZ (SECRETARIO GENERAL) del SINDICATO PROFESIONAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA VIGILANCIA PRIVADA Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO (SIPO-OVIPRIS-CARABOBO), titular de la cédula de identidad Nº 10.328.184, asistido por el abogado en ejercicio FERNANDO CURIEL CALDERON, inscrita en el Inpreabogado Nº 54.661, presunta agraviada.