Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar, la demanda que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales fue interpuesta por el ciudadano ARNALDO JOSE MANAURE APONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.116.280 y de este domicilio en contra de la empresa GOTRANS, C. A.,
No se condena en costa por la naturaleza de la acción