VIII
DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ACCIDENTE DE TRABAJO, interpuesta por el abogado PEDRO MANUEL
AMAYA ORTIZ, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 109.208 en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GUADALUPE FERNADEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.152.512, contra Sociedades Mercantiles AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A., y FALCON AIR EXPRESS DE VENEZUELA, C.A.
En consecuencia se condena a la empresa FALCON AIR EXPRESS DE VENEZUELA, C.A a pagar la cantidad de CIENTO VEINTICUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 124.000.000), por concepto de Accidente de Trabajo y secuelas.
Se acuerda la cor.....