Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR EL CIUDADANO JOSÉ LUCIO GONZÁLEZ COMUNIAN, titular de la cédula de identidad Nº 17.646.517 CONTRA la empresa "FARMACIA ÉXITO C. A."
No se condena en costas por la naturaleza de la acción.