este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia y actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadano FRANCIS CASTRO, ELIS RAFAEL ARMAS, ELIANA MENDEZ, LUIS ARMAS y YERINA QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 10.233.268, 9.917.712, 19.357.027, 4.885.436 y 6.977.034, respectivamente, contra la ciudadana MARIA FERNANDA PINTO.