DISPOSITIVA
Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el presente recurso de Amparo Constitucional incoado por DORGUIS YAMILETH RODRIGUEZ FRANCO representada por su Apoderada Judicial Dra. YALIDA LEGUISAMO en contra de la LIBRERÍA LA ALEGRIA C.A. Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado SEGUNDO de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los 29 días del mes de MARZO del año dos mil CINCO (2005), TRES Y MEDIA (3:30 PM.).