Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio por Accidente de Trabajo, incoado por la ciudadana YELITZA LISBETH LOVERA CASTILLO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad 11.526.893, actuando en representación de los niños ELIZABETH MICHELY, MIGUEL ANGEL y MIGUEL ALEJANDRO CASTILLO LOVERA
SEGUNDO: Se declina la competencia en razón de la materia para conocer del presente asunto al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada para el copiador de sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscrip.....