DECISION
En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en Sede Constitucional, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción de amparo incoada por la ciudadana YNDIRA JOSEFINA RODRÍGUEZ BRITO, plenamente identificada en los autos, contra la Sociedad de Comercio ¿COCA COLA FEMSA¿ S.A.