este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO EL ACUERDO SURGIDO ENTRE LAS PARTES, contenido en el acta de transacción, relativo a la demanda incoada por el ciudadano RONNY DE JESÚS MEDINA COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.731.592, asistido por la Abogado MIGDALIA MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.528 en contra del VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, C.A (VESEVICA), representada Judicialmente por la Abogado BEATRICE NORIS, inscrita en el Inpreabogado Nº 128.191, en consecuencia la presente homologación tiene efecto de cosa Juzgada con relación al juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en los términos contenidos en el acuerdo transaccional.-
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