DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA LA ACCIÓN que por Cobro de Prestaciones Sociales interpusieran los ciudadanos, plenamente identificados en autos, contra la sociedad mercantil "COSNTRUCCIONES JUNCAL. C.A.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veinticinco (25) días del mes de abril del año 2012. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Juez;
CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL
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