Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadanas MARIA ANGELICA GAGGIA Y PATRIZIA IMPERA CASCHETTO, actuando en su carácter de Apoderadas Judiciales, de la Sociedad mercantil CONSTRUCCIONES JUNCAL, , C.A, contra la Providencia Administrativa Nº 1131 de fecha 12 de agosto de 2010, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTONOMOS SAN DIEGO, NAGUANAGUA, Y LAS PARROQUIAS SAN JOSE, CATEDRAL , RAFAEL URDANETA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, relativo a la declaratoria con lugar de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano LUIS MORILLO, C.I : 12.286.006.
Notifíquese al Procurador General de la República de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgáni.....