DECISIÓN.
Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la Acción de Amparo Cautelar formulada por el abogado CESAR UZCATEGUI, en su carácter de apoderado judicial de la recurrente ALIMENTOS EL VIÑEDO, C.A, contra la providencia administrativa N° 417 de la Inspectoría de los Municipios Autónomos de Naguanagua, San Diego, y Valencia, Parroquias San José, San Blas, Catedral y Rafael Urdaneta del Estado Carabobo.
SEGUNDO: Procedente la solicitud de la medida cautelar innominada, formulada por el abogado CESAR UZCATEGUI, en su carácter de apoderado judicial de la recurrente ALIMENTOS EL VIÑEDO, C.A, contra la Providencia Administrativa Nº 417 de fecha 20 de abril de 2011, dictada por la Inspectorí.....