a los fines de dar por terminado el presente juicio, este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 Constitucionales, en uso de sus atribuciones legales prevista en los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y del articulo 3 parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el articulo 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: visto el acuerdo de las partes este Tribunal Homologado el acuerdo al que han llegado las partes y lo declara con efecto de cosa Juzgada. Todo con motivo la demanda incoada por por el ciudadano JOHN EDUARDO MENDOZA CARIPA, titular de la Cédula de Identidad N° 20.163.582, PARTE DEMANDANTE, en contra de DIVISIÓN DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A. en consecuencia la presente homo.....