DISPOSITIVO DEL FALLO
Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por MIREYA MARIA REA GUEVARA, titular de la cédula de la identidad N° 8.597.314, en contra de la GOBERNACIÒN DEL ESTADO CARABOBO, Y FUNDAPAPAGAYO, ANTERIORMENTE, FUNDACIÓN AMIGOS DE CARABOBO (FUNDAMIGO), en consecuencia, se condena a la demandada cancelar al actor, la cantidad de BOLIVARES NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (BS. 9.556.862,6 0), discriminados de la siguiente manera: