este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO...Se deja expresa de la comparecencia de la demandada en la persona de su apoderado judicial el Abg. NELSON GAMBOA debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.88.815.