declara INSUFICIENTE los montos consignados, en consecuencia, se condena a la demandada VALENTUBO & SUCESORES, S.A., a cancelar al actor las siguientes cantidades:
La cantidad de Bs.397.440, 00 por concepto de la indemnización por despido injustificado prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, equivalente a 60 días de salario calculados sobre la base de Bs.6.624, 00 (salario integral);
3) La cantidad de Bs.298.080,00 por concepto de la indemnización por preaviso omitido prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, equivalente a 45 días de salario calculados sobre la base de Bs.6.624, 00 (salario integral);
4) Los salarios caídos causados desde la fecha de la contestación a la demanda (06 de marzo de 2003) hasta la fecha de la consignación hecha por Katucha, a razón del ultimo salario diario devengado por el actor, vale decir, Bs.6.210, 00, para cuya liquidación se excluirán los lapsos de inactividad del accionante, así como los que conllevaron.....