En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por CARLOS AUGUSTO MICHELENA PEREZ, contra la sociedad mercantil SEMI, C.A E INPREFUEGO, C.A SEGUNDO: SE CONDENA A LA DEMANDADA A PAGAR AL ACTOR LA CANTIDAD DE SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 76.506,87),
Se ordena experticia complementaria del fallo, la cual será realizada por un único experto designado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo designado por el Tribunal de Ejecución, así mismo queda establecido que los honorarios del experto.
Deberá el experto calcular las cantidades correspondientes a los intereses sobre prestaciones sociales de la cantidad condenada respecto a la demandante con relación.....