En consecuencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 Constitucionales, en uso de sus atribuciones legales prevista en los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL ACCIÓN manifestado por la parte actora, con motivo de la demanda por PAGO DE CESTA TICKET, incoado por los ciudadanos JOSE SAAVEDRA y FREDDY UREOLA, titulares de las Cédulas de Identidad N° 5.466.631 y 7.077.393 respectivamente, representado judicialmente por el Abogado JOENNY ANTONIO SUÁREZ GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 102.654, en contra de EXPRESOS UPATA C.A., representado judicialmente por JATAR ANTONIO y EDUARDO BORGES, INPRE 54.850 y 9068. La homologación del desistimiento tiene la autoridad de la cos.....