TOTAL GENERAL A PAGAR: BS. 3.241.268,58.
m) Se ordena experticia complementaria del fallo para que un único experto designado por el Juzgado de ejecución, calcule:
L1. De conformidad con la jurisprudencia laboral reiterada, calcule la corrección monetaria (indexación) respecto a la cantidad de BS. 3.241.268,58, en el periodo comprendido entre la fecha de la renuncia que el 25 de mayo del 2000 hasta la fecha en que esta sentencia quede definitivamente firme.
L2. De conformidad con el artículo 92 Constitucional calcule los intereses moratorios por el retardo en el pago, sobre la cantidad de BS. 3.241.268,58 en el periodo comprendido entre la fecha de la renuncia que el 25 de mayo del 2000 hasta la fecha en que esta sentencia quede definitivamente firme.
n) No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total, de conformidad con el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Prime.....