Con fundamento a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SUFICIENTE el monto consignado por la demandada a los fines del pago de las Indemnizaciones establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo.
SEGUNDO: CON LUGAR la persistencia en el despido.
TERCERO: SIN LUGAR la calificación de despido.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condena en costas.
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