Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA para conocer de la SOLICITUD DE CONVOCATORIA A ELECCIONES SINDICALES DEL SINDICATO DE PROFESIONALES, TECNICOS y EMPLEADOS DE LA EMPRESA PROAGRO C.A Del ESTADO CARABOBO
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SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente solicitud en la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela y ordena remitir las actuaciones a la mencionada Sala.
TERCERO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, al Primero (01) día del mes de octubre de dos mil doce (2012). Añ.....