Este tribunal vista la incomparecencia a la realización de la Audiencia Preliminar de la parte actora y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 197° y 149 °.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA Parte Compareciente
ABG. MARY ANNE MUGUESSA
En la misma fecha se publicó la presente sentencia Expediente GP02-L-2007-0002809, siendo las 2:30 p.m.
LA SECRETARIA.
ABG. MARY ANNE MUGUESSA