este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso en lo que respecta a JOSE GREGORIO SULBARÁN y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del demandante derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos establecidos en esta acta, dándole efectos de COSA JUZGADA. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por las partes este acto. Es todo.
LA JUEZ,
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ G. DE JIMENEZ
POR LA PARTE ACTORA,
POR LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. MARY ANNE MUGUESSA