Este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano ESTEBAN HERNANDEZ OJEDA en contra de los demandados: MARIELENA DEL COROMOTO JIMENEZ RAMOS y CARLOS PEREIRA DA MATA y en consecuencia se condena a pagar al demandado la cantidad de BOLIVARES TRECE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS DIEZ MIL CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 13.540.610,90), más lo que resulte de los intereses, de los salarios caídos, de la corrección monetaria, dichos montos serán calculados con experticia complementaria del fallo en los términos señalados una vez que quede firme la presente sentencia.