este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por: JULIO JOSE GUEVARA CABRERA, titular de la cedula de identidad N° 4.546.027, representado por sus apoderadas judiciales abogadas MARIN MORENO GENNY BELL, LINARES DE LOPEZ CRISTINA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 102674 y 102649, contra la empresa INVERSIONES LA ENCRUCIJADA DRAG WAY VALENCIA C.A. plenamente identificada en los autos y la condena a pagar la cantidad de BOLIVARES DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA CON NOVENTA CENTIMOS ( BS. 2.478.190,90) por concepto de Prestaciones Sociales debidas y no pagadas. Se ordena así mismo el pago de los intereses devengados sobre las prestaciones sociales, desde el momento de la admisi.....