Conforme a lo anteriormente expuesto, es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, observa que la parte accionante en su solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos alegó que comenzó a prestar sus servicios en la Empresa MINITEX, C.A, en fecha 22 de Mayo de 2012, siendo despedido el día 31 de Agosto de 2012, con lo cual acumuló más de tres (3) meses de antigüedad; que igualmente se desempeñaba como Almacenista ", sin que de los autos se desprenda que tenía atribuidas funciones de dirección.
Razón por la cual, este tribunal considera que el ciudadano ALEJANDRO BERMUDEZ CASADIEGO, Titular de la cédula de Identidad, N°- 21.214.443, se encuentra amparado por el Decreto de inamovilidad laboral vigente a la presente fecha.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, est.....