Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, a pagar la cantidad de, SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 755.893,65)