En virtud de lo precedentemente expuesto este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, con sede en Valencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entere el ciudadano CRUZ KELLY GONZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero v- 17.065.664 y la entidad mercantil WM DE VENEZUELA C.A, antes identificada, en los términos y condiciones en ella establecidos pasándola en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: ORDENA a la Secretaria proceda a los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente. De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. déjese copia en el archivo. Entréguese las pruebas Terminó, se leyó y conformes firman