Finalmente el Juez le pregunta a la parte demandante representada en este acto por la apoderada del trabajador antes mencionado, si está de acuerdo con la presente Transacción, seguidamente la abogada manifestó al Juez, que su representado tiene pleno conocimiento de la transacción aquí celebrada y fue facultada para ello y que su cliente está de acuerdo con lo aquí pactado y comparece voluntariamente a este acto. Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, abarcando éste todo lo demandado y lo acordado en esta acta, dándole efectos de COSA JUZGADA. De esta acta se hacen cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, déjese copia en el archivo, se.....