Es importante resaltar que La Audiencia Preliminar es uno de los momentos estelares y fundamentales del juicio del trabajo, en el que se establece la estimulación de los medios alternos de resolución de conflictos, tal como lo señala la exposición de Motivos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, para la resolución de controversias, tales como el arbitraje, la mediación y conciliación, con el fin de evitar el litigio o limitar su objeto, siendo la función fundamental del Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, mediar las posiciones de las partes.
Siendo así las cosas, el articulo 22 eiusdem, establece el derecho que tiene la parte demandada de acogerse al derecho de retasa en el acto de contestación de la demanda. La sentencia in comento establece que este es un procedimiento distinto al principal, en el que no deben aplicarse las normas contenidas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Considera esta juzgadora, que dada la naturaleza de este proce.....