este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la demandada, a pagar la cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DOCE CON VENTI SIETE CENTIMOS (Bs. 3.699.712,27).