En razón de la incomparecencia de la demandada a la Audiencia Preliminar, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA; en consecuencia, se condena a la demandada CORPORACION DE SEGURIDAD INTEGRAL 911 C.A. (COSEIN 911 C.A.), a pagar al ciudadano FRANCISCO RAMON AGUIÑO LOPEZ, la cantidad de: DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS NUEVE BOLIVARES CON 00/40 (17.617.809,40), la cual comprende los conceptos y montos que se discriminan posteriormente.