este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de sus apoderados judiciales ciudadanos abogados LUIS JAVIER CASTILLO y PEDRO GONZALEZ debidamente inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los No. 20.671 y 95.756 respectivamente, según consta de poderes que cursan a los autos.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario
. Abg.
Apoderado Judicial de la Parte Demandada