este Juzgado Segundo Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por concepto de Indemnización por Enfermedad Ocupacional, Daño Moral, Responsabilidad del Patrono establecida en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, Lucro Cesante, interpuesta por el ciudadano JOSE ENRIQUE MARTINEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 4.859.310, contra la Entidad de Trabajo TRANSPORTE UNIDO C.R.L.. En consecuencia se condena a la demandada a cancelar la cantidad DOSCIENTOS DIECISEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS ( Bs. 216.184,76)
SEGUNDO: En caso de que la parte demandada no cumpla voluntariamente con la sentencia, es decir, para el caso de una ejecución forzosa, el Juez .....