este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publiquese y Registrese la presente decisión.-. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona la abogada DULCE BENAVIDES I.P.S.A. No. 122.092 según consta en Instrumento Poder que cursa a los autos.
La Juez
La Secretaria
Abg DAYANA TOVAR.
Abg. GLADYS MIJARES LUY