DE LA HOMOLOGACIÓN
Finalmente el Juez le pregunto al ciudadano JOSE MARQUEZ MONTERO, venezolano, titular de cédula de identidad Nº 12.996.764, si tiene pleno conocimiento de la transacción aquí celebrada, y si acepta las condiciones en ella establecidas asi como el monto cancelado. Seguidamente la parte actora con asesoramiento del abogado que le asiste manifestó al Juez, que está totalmente de acuerdo con los términos de la transacción y comparece voluntariamente a este acto, aceptando la cantidad ofrecida. Así mismo la parte actora manifiesta expresamente, que al momento de celebrar el presente acuerdo, no ha tramitado lo concerniente al Informe de INSAPSEL, a los fines de que este certifique su discapacidad, pero visto el retraso que tiene este organismo en la expedición de dicha certificación que puede durar años, así como el tiempo que pudiese durar este procedimiento hasta sus ultimas instancias, es por lo que en aras de prevenir una devaluación a futuro de la cantidad de diner.....