El Tribunal de la causa, vistos que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y tomando en cuenta que los acuerdos señalado por la representación legal de la parte actora ha sido la conclusión de un proceso de conciliación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos como la parte actora, lo estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo