Hoy, 01 DE AGOSTO DE 2011, SIENDO LAS 11:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar al PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, comparecieron a la misma, por la parte actora ciudadano ANTONIO FRANCISCO GRACIA TORRE, titular de la cédula de identidad No.7.11.763, su apoderada judicial Abogada GLADYS QUINTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.121.589, y por la parte demandada GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A., su apoderado judicial Abogado ANALI THEN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.133.860, dándose continuación a la audiencia. En este estado interviene la apoderada judicial de la parte actora y expone: En nombre de mi representado y debidamente facultado, DESISTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO identificado con el No.GP02-L-2010-002709, por motivo de beneficios Laborales, incoada contra a la empresa GENERAL MOTORS VENEZUELA, C.A. por cuanto reconocemos que el beneficio reclamado fue cancelado por dicha empresa según transacción judicial de fecha 12-02-2010, exp: GP02-L-2010.....