Se dictó Escrito de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO decretado en el presente asunto seguido contra los adolescentes ARTICULO 65 LOPNA, ya identificados, de conformidad con el 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, norma de aplicación supletoria por remisión del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por considerar este Tribunal que el hecho imputado no es típico. Se ordenó notificar a las partes.-