DISPOSITIVA
En merito de la anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nro. 02 del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declaran CULPABLES a los ciudadanos XAVIER GIANNIS PARRA, JOSE LUIS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ y JOEL ANTONIO SAAVEDRA, titulares de las Cedulas de Identidad Nro. V-18.774.791, V-14.536.102 y V-15.225.841 respectivamente, de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80 primer aparte; y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 277 todo estos del Código Penal Venezolano Vigente, y en consecuencia se condenan a cumplir cada uno la pena de SEIS (6) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISION, pena esta que resulta de la aplicación del límite .....