De conformidad con lo previsto en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara INCULPABLE al ciudadano JOSE ADRIAN CARRERO ROMERO, y en consecuencia lo ABSUELVE del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal vigente, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL MIRANDA GALLARDO. SEGUNDO: Declara INCULPABLE igualmente al ciudadano RICHARD ALFREDO GRANADO MONTIEL, y lo ABSUELVE del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º en concordancia con el artículo 80 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano WILMER ANTONIO CAMPOS GRATEROL, que les fueren imputado por la representación Fiscal, por falta de prueba legal para condenar.