Se dictó decisión en la cual de conformidad con lo establecido en el artículo 262 numerales 2° y 3° del Código Orgánico Porcesal penal, se revocó la Medida CAutelar Sustitutiva de Libertad que le fue impuesta al acusadp EDISON ALVARDO MEDINA VILLASMIL en fecha 25 de enero de 2007. Se ordenó la captura del mismo. Se dejó sin fecto la Constitución del Tribunal en Uniperasonl y la fijación del Juicio Oral y Públicop, al haber sido efectuada por la Jueza Suplente sin la presencia del acusado de autos. Se ordenó notificar a las partes.